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Republicanismo martiano como forma de gobierno (I)
Republicanismo martiano como forma de gobierno (I)
por Dr. Juan Enrique Tapia Sanchez
Número de Palabras: 1375   Comentarios(0)
 
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José Martí para alcanzar sus objetivos revolucionarios empleó de modo estratégico la búsqueda de la unidad nacional entre todos los cubanos sin distinción  de raza, sexo, ideas políticas, condición social o generacional. Su apotegma concluyente fue: con todos y para el bien de todos. Su finalidad de alcanzar la plena independencia de Cuba y la creación de la república nueva estuvo en función de lograr el pleno respeto al decoro del hombre. Es decir, Martí enarboló un pensamiento político inseparable del ideario social, del Derecho.

Para seleccionar el modelo de república al que aspiró para Cuba, Martí agotó todos sus esfuerzos políticos, intelectuales y organizativos. Su amplio bregar por los países de América y por España lo llevó  a meditar profundamente sobre las realidades históricas, políticas, jurídicas y sociales de esos pueblos; dejó constancia de ello: “yo conozco a Europa, y he estudiado su espíritu; conozco a América y sé el suyo” (VII, 104)[1] . Su aguda observación lo condujo a una de las más importantes apreciaciones que sobre su época hiciera” las formas de gobierno existentes no se ajustaban a las necesidades y realidades de los pueblos latinoamericanos en general ni de Cuba en particular. La república a fundar en la isla tendría  que ser inexorablemente nueva, incluso sin cometer los errores de las  propias repúblicas  latinoamericanas nacidas antes: “lo que ha pasado en otras repúblicas, no pasará en la nuestra” (II, 278), sentenció; porque había comprendido que: “otros pueblos de América están al caer, porque quedó la libertad entre los poderosos que no la amaban, o la entendían solo para su casta superior; porque la mayoría nacional, que es la que asegura la libertad, entendió sólo de ella el espíritu de independencia contra el extranjero, que ha bastado para salvarla, una  vez y otra, de la traición de los letrados y de los déspotas” (VI, 18).

Martí no quiso subordinar su pensamiento creador a modelo alguno de forma de gobierno entonces conocida: ni parlamentario, ni presidencialista. Creyó en la importancia de asumirse por cada país lo mejor de su experiencia histórica alimentándola con lo más positivo de la experiencia universal.Las raíces nacionales, pensó Martí, darían a cada pueblo la forma de gobierno justa que deberían asumir, por eso expresó: “el gobierno ha de nacer del país. El espíritu del gobierno ha de ser el del país. La forma ha de avenirse a la constitución propia del país. El gobierno no es más que el equilibrio de los elementos naturales del país” (VI, 21). Todo es concluyente en su pensamiento, porque ha comprendido que “la incapacidad no está en el país naciente, que pide formas que se le acomoden y grandeza útil, sino en los que quieren regir pueblos originales, de composición singular y violenta con leyes heredadas de cuatro siglos de práctica libre en los Estados Unidos, de diecinueve siglos de monarquía en Francia” (VI, 18).  Consideró Martí que los países emergentes como nuevos Estados no son responsables de las forma de gobierno que desacertadamente se les imponga, pues sus clamores naturales son por las formas que se les acomoden. Concluyó que los modelos de gobernabilidad irracional importados eran un atropello a lo autóctono de los países importadores, un ataque a su esencia natural, lo que tarde o temprano provocaría un aborto en los posibles resultados positivos de la gestión de gobierno. Para Martí la solución a la problemática no es ajustar la petición del naciente país a las formas de gobierno preestablecidas, sino en flexibilizar estas a las necesidades históricas del nuevo Estado en lo que puedan ser oportunas y válidas.

Al expresar Martí que la incapacidad ha de recaer en los que imponen las formas de gobierno distorsionadas y no en los pueblos a quienes se les impone dejó expuesto tres aspectos esenciales: primero,  que la responsabilidad histórica, política y jurídica por la selección de una forma de gobierno sin sustento en los intereses y raíces propias corresponde exclusivamente a las capas gobernantes que así lo han decidido; segundo,   que los modelos de gobierno europeos y norteamericano son incompatibles con la realidad latinoamericana y su importación acrítica será un fracaso; tercero,   que cada nación que surge como nuevo Estado requiere de un nuevo Derecho tan original como ella misma y adaptado a su propia composición –singular y violenta, para él-.En consecuencia, Martí abordó las formas de gobierno a través de un verdadero juego de categorías desde el punto de vista jurisfilosofico: lo singular y lo universal, lo histórico y lo concreto; causa y efecto; y de la combinación adecuada de estas categorías. Sin embargo, la indudable connotación política-ideológica del análisis martiano a las formas de gobierno no impiden apreciar el valor jurídico    de su hacer. Es en su ensayo Nuestra América donde Martí reflexiona con mayor claridad acerca del Estado, toca su esencia, aborda su forma y establece las diferencias  entre él y el Gobierno lo que en época no había sido aún planteado de ese modo en el terreno jurídico[2].

En la búsqueda de una nueva forma republicana es cuando se produce el despegue martiano en el pensamiento jurídico; pues, su aspiración de una fórmula en que la república no fuera “el predominio injusto de una clase de cubanos sobre las demás, sino el equilibrio abierto y sincero de todas las fuerzas reales del país, y del pensamiento y deseo libres de los cubanos  todos” (II, 255) y “que cada opinión esté representada en el gobierno. Que la minoría estará siempre en minoría: ¡Como debe estar, puesto que es minoría!, que no se vea obligada a ser la oposición (…) ni a influir en el gobierno como enemiga obligada, y por residencia, sino cerca, con su opinión diaria, y por derecho reconocido; Garantías para todos” (XXII, 109); para no “salir de una hipocresía para caer en otra” (II, 255), lo condujo a penetrar  con extraordinaria agudeza jurídicas las estructuras gobernativas  y estatales de  su época, las que sin distinción marginaban al hombre.Todavía en la segunda mitad del siglo XIX, los juristas no habían logrado delimitar, como hoy es posible y se ha realizado, la “forma de Estado” y “forma de Gobierno”; o sea el elemento político y social del Estado, su fundamento económico y su estructura  de clase, ni el contenido y esencia del Estado –entiéndase: instituciones, órganos, organismos y cuantas más estructuras sirven a una clase para ejercer el dominio político de la sociedad. Martí reiteró constantemente que el Estado y el Gobierno deben ser expresiones funcionales de la sociedad a la cual representan; reflejando sus intereses económicos, sociales, étnicos e incluso clasistas.

Martí no intentó un modelo republicano idílico, más hijo  de su fe que de la ciencia; sino una estructura y forma de gobierno con pleno conocimiento de causa. No quedó el análisis martiano en el simplismo de los juristas y politólogos que le antecedieron; se elevó sobre ellos y trajo a la luz los contenidos del Estado y el Gobierno, sus caracteres como expresión  de estructuras sociales concretas y pensó en una república partiendo de todo esto.La República martiana tendría una sólida base popular, en lo que él mismo denominó como héroes humildes y que sólo podría alcanzarse esto si se lograba “el beneficio equitativo de todas las clases, y no (…)  el exclusivo de una sola, por lo que se ha de recomendar a los soberbios el reconocimiento fraternal de la capacidad humana de los humildes, y a los humildes la vigilancia indulgente e infatigable de su derecho, y el perdón de los soberbios”. (II, 155-156)Para Martí la república a la que aspiró debía caracterizarse por la unidad de acción de todos los cubanos; pero, sin imponer uniformidad en el pensamiento, porque “todo lo de la patria es propiedad común, y objeto libre e inalienable de la acción y el pensamientote todo el que haya nacido en Cuba”. (IV, 239)  



[1] Las citas martianas utilizadas en este artículo fueron obtenidas de Obras Completas. José  Martí, Editorial Ciencias Sociales, La Habana, Cuba, 1975. Se coloca en primer lugar con números romanos el tomo y a continuación con números arábigos la página donde puede ser localizada la cita. 
[2] Ver. Dr. Julio Fernández Bulté. Anuario del Centro de Estudios Martianos, La Habana, 1979,
 
Dr Juan Enrique Tapia Sánchez

Fuente del Artículo: http://www.editum.org/autor-1424=Dr-Juan-Enrique-Tapia-Sanchez.html
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Tapia Sanchez, Dr. Juan Enrique. "Republicanismo martiano como forma de gobierno (I)." Editum.org  26 Enero 2010. 09 Febrero 2012 
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Tapia Sanchez, Dr. Juan Enrique.  2010 Republicanismo martiano como forma de gobierno (I). Editum.org (Enero, 26),
http://www.editum.org/Republicanismo-martiano-como-forma-de-gobierno-I-p-3360.html (accesado en Febrero 09, 2012